Skip Ribbon Commands
Skip to main content
Sign In

Skip Navigation LinksLa-Aeronautica-Civil-publico-la-nueva-regulacion-para-aviacion-no-tripulada-en-Colombia

 La Aeronáutica Civil publicó la nueva regulación para aviación no tripulada en Colombia

Fotografía de Dron
Foto tomada por: Oficina Asesora de Comunicaciones y Relacionamiento Institucional. , 10/5/2023
Fecha del artículo 10/4/2023
La Aeronáutica Civil actualizó la normativa de aviación no tripulada en el país. Esta actualización tiene como objetivo fomentar y profesionalizar esta industria, permitiendo el acceso y uso seguro al espacio aéreo nacional, dando respuesta así a los desarrollos y avances tecnológicos a nivel mundial.

La nueva norma establece cambios importantes:

Registro de aeronaves no tripuladas: La capacidad de peso para el registro de aeronaves no tripuladas se ha establecido en 200 gramos o más, con el objetivo de controlar de manera efectiva el uso de estos dispositivos. Además, se requerirá reportar a la Aerocivil cualquier aeronave no tripulada que llegue al final de su vida útil o pierda su capacidad de vuelo.

Identificación obligatoria: Todas las aeronaves no tripuladas registradas deben llevar una etiqueta adherida a su estructura para facilitar su identificación.

Prioridad de operaciones: Se reafirma que las operaciones de la aviación tripulada siempre tendrán prioridad sobre las operaciones con aeronaves no tripuladas.

Clasificación de operaciones: Las operaciones de aeronaves no tripuladas en territorio colombiano se clasifican en tres categorías, siendo las dos siguientes las autorizadas bajo esta normativa:

Categoría Abierta: para operaciones no comerciales con un peso máximo de 25 kilogramos. 

Categoría Específica: para operaciones comerciales hasta 250 kilogramos o por fuera de los límites de la categoría abierta, las cuales requieren un piloto certificado y una autorización de vuelo.

Novedades: 


  • Se permite la operación de transporte de carga (Drone Delivery).
  • Se incorpora el vuelo en condiciones BVLOS (Visibilidad más allá de la línea de vista).
  • Se emiten lineamientos en cuanto a protección de la intimidad.
  • Se establecen criterios para vuelos nocturnos, vuelos en zonas urbanas y vuelos cautivos, entre otros.
  • Las actividades de aspersión en categoría abierta no requerirán autorización de vuelo dentro de un predio de propiedad propia hasta para dos equipos UAS, con el fin de impulsar la tecnificación del campo.

Para la Aeronáutica Civil, esta actualización normativa contribuirá al uso seguro y responsable del espacio aéreo nacional por parte de las aeronaves no tripuladas, fomentando su integración con la aviación civil. 

Más información y detalles sobre la nueva normativa en el sitio web www.aerovicil.gov.co.


@AerocivilCol