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 Uso de drones en el país se encuentra temporalmente restringido - Aeronáutica Civil

Foto tomada por: Grupo de Comunicación y  Prensa   , 4/1/2020
Fecha del artículo 4/1/2020

El uso de drones en el territorio nacional se encuentra temporalmente restringido, esto en el marco de la emergencia social, económica y ecológica ocasionada por la pandemia de COVID-19, que ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes.

La información aeronáutica publicada, a través de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, indica que mientras se encuentre vigente la medida, y con el fin de evitar actividades no autorizadas, queda restringido el uso de estos equipos.

Sin embargo, solo se permite la operación de drones para la asistencia y prestación de servicios de salud, las labores que adelantan las misiones médicas, la revisión y atención de emergencias, afectaciones viales y el funcionamiento de infraestructura crítica, entre otras autorizaciones establecidas por la Aeronáutica Civil.

La Entidad recuerda a los operarios de este tipo de equipos, que su uso para el cumplimiento de las actividades excepcionadas anteriormente, deberá estar sujeta a lo normado en el Anexo 13 de la Organización de Aviación Civil Internacional, OACI, y al Reglamento Aeronáutico Colombiano (RAC 91).


Operaciones aéreas    

En el marco del decreto 457 de 2020, el 31 de marzo se desarrollaron en el territorio nacional un total de 276 operaciones áreas, de las cuales, 51 fueron de carga, con una movilización total de 743 toneladas, 145 de ellas nacionales y 598 internacionales; 8 vuelos humanitarios, 43 vuelos ambulancia, 106 para el transporte de valores y servicios de hidrocarburos y 68 vuelos de aviación de Estado.   

 

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